Recuerdan que el incumplimiento de las órdenes del patrono es una justa causa para despedir al trabajador (3:33 p.m.)
17 de Mayo de 2013
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Nota:
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Según los artículos 58, 60 y 62 del Código Sustantivo del Trabajo, el trabajador debe cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por el patrono o sus representantes, de forma que su incumplimiento es una justa causa de despido. Así lo recordó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al señalar que esa conducta no puede ser calificada judicialmente como leve, sino grave. Con estos argumentos, el alto tribunal confirmó una decisión que negó el reintegro a una mujer al almacén en que laboraba, pues fue desvinculada por no atender las órdenes relacionadas con cambio de moneda y prohibición de hacer rifas en la empresa (M. P. Jorge Mauricio Burgos).
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