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Laboral


Razones de inconveniencia para no reintegrar a un trabajador deben ser contundentes

En todo caso, será el juez quien decida si procede la orden de reintegro o la correspondiente indemnización.

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29 de Noviembre de 2011

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Las razones de inconveniencia que aduzca el empleador para no reintegrar a un trabajador no pueden derivarse de cualquier circunstancia, sino de condiciones calificadas, idóneas e imperativas.

 

Según la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, los hechos que se invoquen en estos casos deben ser contundentes y relevantes para concluir que el desenvolvimiento equilibrado de la relación de trabajo se vería afectado con el reintegro.

 

Una de esas justificantes de inconveniencia es la pérdida de confianza, siempre y cuando existan fundamentos para alegar que el empleador perdió la credibilidad en el trabajador con el que debería continuar la relación laboral.

 

En todo caso, será el juez quien decida si procede la orden de reintegro o la correspondiente indemnización, con base en la facultad discrecional que le permite evaluar el equilibrio de intereses de la empresa.

 

(CSJ, S. Laboral, Sent. 39550, ago. 30/11, M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve)

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