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Proponen mecanismo para cubrir el riesgo de “deslizamiento” del salario mínimo

27 de Agosto de 2014

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Durante los últimos 10 años, el incremento del salario mínimo, en promedio, ha sido superior a la variación porcentual del índice de precios al consumidor certificado por el DANE, recordó el Gobierno.

 

Debido a la incertidumbre de este indicador, las aseguradoras no pueden medir apropiadamente el crecimiento de las mesadas pensionales y, como consecuencia, han disminuido la oferta de modalidades de pensión establecidas en los artículos 80 y 82 de la Ley 100 de 1993.

 

Por esa razón, el Ministerio de Hacienda considera necesario establecer, mediante decreto, un mecanismo de cobertura. Según la propuesta, el parámetro de “deslizamiento” del salario utilizado por las aseguradoras para proyectar el crecimiento de las mesadas de las rentas vitalicias emitidas al momento de reservar y tarifar sería equivalente al promedio aritmético de los últimos 10 años.

 

Así, la cobertura podría ser de tres tipos: positiva, negativa o neutra. En la primera, el Ejecutivo pagaría a dichas entidades el faltante en reserva matemática, para que refleje el valor actuarial de las obligaciones futuras. Con ello, se estaría reglamentando el artículo 45 de la Ley 1328 del 2009.

 

La aseguradora de vida podría solicitar la inscripción en el sistema de registro del mecanismo de cobertura de salario mínimo de las rentas vitalicias emitidas en el año calendario anterior. Igualmente, sería posible inscribir las rentas vitalicias inmediatas o diferidas definidas en los artículos 80 y 82 de la Ley 100 de 1993.

 

La aseguradora de vida también estaría facultada para solicitar la inscripción de las rentas vitalicias inmediatas y diferidas de otras modalidades de pensión en dicho sistema de registro.

 

Los comentarios a la propuesta se pueden enviar a los correos: omartine@urf.gov.co, lwaltero@urf.gov.co y imuneton@urf.gov.co, hasta el próximo 5 de septiembre.

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