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Procuraduría pidió a la Corte Constitucional mantener la restricción a la huelga en actividades de asistencia social y beneficencia (1:00 p.m.)

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06 de Octubre de 2011

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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible el literal d, del artículo 1º del Decreto 753 de 1956, que estableció la prohibición de la huelga en las actividades de los establecimientos de asistencia social, de caridad y de beneficencia. Señaló que la restricción al derecho a la huelga, cuando se trata de servicios públicos esenciales, se justifica por el impacto e incidencia que tiene frente a los derechos y a las libertades fundamentales de otras personas el cese de actividades en estos servicios. Según el Ministerio Público, “ante la prestación de servicios de este tipo, que son imprescindibles para las personas que los reciben, no es razonable sostener que estas deben soportar de manera paciente su no prestación, pues está en juego su propia supervivencia”.

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