Procuraduría muestra su posición sobre reconocimientos pensionales previos a la Ley 100 de 1993 (12:35 p.m.)
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18 de Septiembre de 2013
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Las personas que antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones (Ley 100 de 1993) hubiesen cumplido los requisitos para pensionarse o estuvieran pensionadas se rigen por el régimen al cual se encontraban afiliadas. Así lo manifestó la Procuraduría General de la Nación en concepto emitido ante el Consejo de Estado. El pronunciamiento surgió luego de que una universidad solicitara la nulidad de su propio acto administrativo, mediante el cual reconoció, por fuera de los parámetros legales, una pensión mensual vitalicia superior al 75 % de su salario. El Ministerio Público manifestó que la pensión se otorgó teniendo en cuenta los requisitos previstos en las resoluciones y acuerdos expedidos por esta universidad.
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