Principio de la condición más beneficiosa no atenta contra la sostenibilidad financiera del sistema pensional (3:50 p.m.)
16 de Octubre de 2012
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Nota:
83890
Al cumplir un determinado número de semanas cotizadas señalado por la ley vigente en ese momento, la persona satisface las exigencias financieras demandadas por el sistema. Gracias a ese cumplimiento se garantiza que la pensión para la cual ha cotizado la persona esté garantizada por el Estado. Por lo anterior, la Sala Laboral concluyó que el principio de la condición más beneficiosa no atenta contra la regla de la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones. En la misma sentencia, el alto tribunal recordó que la condición más beneficiosa guarda una estrecha relación con los principios de igualdad y no discriminación (M.P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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