Precisan qué recursos para acciones de promoción y prevención en salud no ejecutados deben reintegrarse (5:00 p.m.)
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03 de Noviembre de 2011
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Teniendo en cuenta que el Decreto 2240 del 2010 ordenó el reintegro de aquellos recursos no ejecutados que los distritos y municipios recibieron durante la vigencia del artículo 46 de la Ley 715 del 2001, para adelantar acciones de promoción y prevención incluidas en el plan obligatorio de salud del régimen subsidiado, dichos recursos a restituir son todos aquellos que no se ejecutaron, independientemente de que estos fueran del orden territorial, del sistema general de participaciones o de las cajas de compensación, pues todos estos financiaban el componente de promoción y prevención. Así lo precisó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de agosto.
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