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Precisan qué formalidades y alcance debe tener la impugnación laboral en sede de casación (2:00 p.m.)

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09 de Enero de 2014

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Si el impugnante no cumple con la obligación de destruir todos los soportes sobre los cuales se edificó la providencia atacada en casación, ni señala la modalidad de violación a la ley en que incurrió el juez de instancia, ni la vía a través de la cual se produjo esa trasgresión, la Corte Suprema no puede verificar si efectivamente se transgredieron normas legales, así lo advierte una sentencia reciente de la Sala de Casación Laboral. En el caso concreto, el alto tribunal no casó la decisión del tribunal, en la que se pedía la concesión de una pensión de sobrevivientes. De acuerdo con el fallo, “la pensión de sobrevivientes no se otorga a quien la solicite, por muy necesitada que se encuentra, sino a quien acredite la calidad de beneficiario en los términos de la Ley 100 de 1993” (M. P. Gustavo Hernando López Algarra).

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