Prácticas profesionales de carácter oneroso no permiten recibir simultáneamente la pensión de sobrevivientes (2:05 p.m.)
18 de Noviembre de 2014
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Nota:
97696
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1574 del 2012, por la cual se reglamentó la calidad de estudiante para acceder a la pensión de sobrevivientes, se mantendrá el derecho en aquellos casos en que el beneficiario esté realizando prácticas profesionales, siempre y cuando estas sean de forma gratuita o ad honorem y la persona jurídica de carácter público o privado bajo cuya responsabilidad esté el estudiante las certifique, indicó el Ministerio del Trabajo. Si se trata de una vinculación onerosa, no es procedente recibir simultáneamente la prestación y un ingreso de cualquier otra naturaleza, recordó la entidad.
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