Pliego de peticiones en un conflicto colectivo económico se presenta al empleador dentro de los dos meses posteriores a su adopción (1:44 p.m.)
18 de Marzo de 2010
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Nota:
65519
Los conflictos colectivos económicos o de intereses en Colombia comienzan con la presentación del pliego de peticiones al empleador por parte de la delegación de trabajadores comisionados, el cual debe ser aprobado por la asamblea general del sindicato o de los trabajadores y presentado dentro de los dos meses posteriores a su adopción, recordó la Corte Suprema de Justicia. Así mismo, indicó que esta clase de conflictos está sometida a una serie de etapas sucesivas, que terminan en la solución mediante la suscripción del respectivo convenio colectivo por las partes interesadas, por definición arbitral o sin solución, en casos excepcionales (M. P. Luis Javier Osorio López).
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