Piden extender potenciales beneficiarios de la pensión familiar (9:45 a.m.)
24 de Julio de 2013
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Nota:
90081
Al crear la pensión familiar, el artículo 3º de la Ley 1580 del 2012, que adicionó el literal k) del artículo 151 C de la Ley 100 de 1993, aclaró que solo podrán ser beneficiarios, en el régimen de prima media, aquellas personas que se encuentren clasificadas en el Sisbén en los niveles 1, 2 y/o cualquier otro sistema equivalente que diseñe el Gobierno Nacional. Una demanda de inconstitucionalidad asegura que la disposición acusada infringe el derecho a la igualdad y a la seguridad social, pues excluye de su beneficio a muchos colombianos que no reúnen tales condiciones. “La norma demandada afecta fundamentalmente a personas que se encuentran en condiciones de debilidad manifiesta, a grupos marginados o discriminados, a sectores sin acceso efectivo a la toma de decisiones o a minorías insulares y discretas”, sostiene el ciudadano (demandante: Iván Alexánder Chinchilla Alarcón).
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