Laboral
Pensionado por invalidez podría seguir cotizando para recibir prestación de vejez: Mintrabajo
10 de Septiembre de 2013
Teniendo en cuenta que la pensión por invalidez es susceptible de modificación o retiro, según la evolución del estado que la originó, el Ministerio del Trabajo consideró como prudente, mas no obligatorio, continuar cotizando para la pensión de vejez.
En reciente oficio, la entidad recordó que las pensiones que reconocen el Seguro Social (hoy Colpensiones) y los fondos privados no provienen del tesoro público, ya que los recursos para su pago, es decir, las cuotas obrero-patronales, son de origen privado. Por lo tanto, no son incompatibles con el pago recibido por invalidez.
Así las cosas, no existe ninguna restricción para que un pensionado se vincule nuevamente a la fuerza laboral. En este caso, el artículo 4º de la Ley 797 del 2003 le permite dejar de cotizar para pensiones, pues la obligación se extingue cuando se adquiere el nuevo estatus. Sin embargo, la cotización para salud se mantiene.
(Ministerio del Trabajo, Concepto 144205, jul. 19/13)
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