A partir de septiembre, pago de seguridad social de trabajadores independientes será mes vencido
Las cotizaciones deberán efectuarse a través de la planilla integrada de liquidación de aportes, con fundamento en los ingresos del mes anterior.Openx [71](300x120)

29 de Agosto de 2018
El Decreto 1273 del 2018, por el cual se determinó que los trabajadores independientes del país pueden pagar sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales mes vencido, entra en vigencia a partir del mes de septiembre.
Por lo tanto, el pago de las cotizaciones se efectuará a través de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, es decir, el mes inmediatamente anterior. (Lea: La afiliación y pago de aportes a seguridad social de independientes)
En todo caso, indicó el Ministerio de Salud, las EPS y las ARL no podrán negar la prestación de servicios a los trabajadores independientes que no paguen aportes durante el mes de septiembre.
La retención y pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales de los contratos de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante aplica a partir de junio del 2019.
Por último, los trabajadores independientes que quieran pagar sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales durante el mes de septiembre podrán hacerlo anticipándose al pago de los mismos.
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