Pago de acreencias laborales no puede evadirse en virtud de un proceso de reestructuración (3:47 p.m.)
14 de Abril de 2014
Reproducir
Nota:
96197
Cuando una entidad pública se encuentra en proceso de reestructuración de pasivos para evitar un cierre por las deudas adquiridas, el carácter de prestación laboral de las cesantías no le permite entrar en un proceso de negociación frente a su pago. Así lo recordó el Consejo de Estado al reiterar que no es oponible el acuerdo de reestructuración de pasivos al demandante para desconocer su derecho a la sanción moratoria reclamada por la consignación tardía del auxilio de cesantías. En ese sentido, el alto tribunal reiteró que dichos procesos de reestructuración no son justificación suficiente para evadir el pago de sus acreencias laborales. Por lo tanto, es necesario analizar la implicación que tienen los pasivos laborales de las entidades públicas dentro de un proceso de restructuración, particularmente en lo que tiene que ver con la sanción moratoria de las cesantías. En esos términos, el Consejo de Estado ha concluido que la protección de los derechos laborales ha sido una prioridad tanto de las acreencias anteriores al inicio de la negociación, como de las que se causaren dentro del mismo (C.P. Bertha Lucía Ramírez).
Opina, Comenta