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Mientras una entidad estatal esté privatizada, sus trabajadores deben catalogarse como particulares (4:21 p.m.)

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12 de Septiembre de 2011

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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que si a una entidad no se le aplica el régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado (Eice), sus empleados no pueden catalogarse como trabajadores oficiales. La corporación reiteró que en 1994 Bancafé dejó de ser una Eice, al convertirse en una sociedad de economía mixta, pero en 1999 volvió a su naturaleza anterior. Por ende, si en abril de 1994 un trabajador cumplía con lo dispuesto en el régimen de transición, podría agregar al tiempo completado el laborado a partir de septiembre de 1999. La Sala negó la pensión de jubilación a un empleado de Bancafé, porque no cumplió 20 años de servicio como trabajador oficial (M.P. Luis Gabriel Miranda).

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