La inconveniencia del reintegro de un trabajador a la empresa no puede justificarse en cualquier circunstancia (2:55 p.m.)
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25 de Noviembre de 2011
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La Corte Suprema de Justicia recordó que la inconveniencia del reintegro de un trabajador a la empresa no puede referirse o deducirse de cualquier circunstancia, sino de condiciones calificadas, idóneas e imperativas. En otras palabras, los hechos que se invoquen deben ser relevantes y contundentes para incidir negativamente para el desenvolvimiento equilibrado de la relación de trabajo. La Corte señaló que es el juez quien tiene la facultad de decidir cómo proteger la estabilidad laboral del trabajador, si otorgándole una indemnización o el reintegro a su puesto de trabajo. De esta forma, rechazó que un trabajador que llevaba laborando más de 20 años fuera despedido injustamente y que ese hecho fuera impedimento para ordenar el reintegro (M.P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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