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La calificación de una falta como grave no excluye la decisión de despido (8:00 a.m.)

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07 de Junio de 2011

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La Corte Suprema de Justicia señaló que cuando el empleador califica como grave una falta del trabajador no se excluye la decisión de despedirlo. De esta forma, explicó, en el caso concreto, que cuando el empleador se compromete a oír al empleado directamente en descargos, antes de determinar su desvinculación, no traslada la facultad de adoptar la decisión más conveniente, en aras de la armonía y la paz dentro de la comunidad laboral. Por ello, señaló que aunque la convención obligaba a realizar una diligencia de descargos, no se le imponía decidir sobre el despido después de llevarse a cabo esta diligencia. Lo importante será que se deje constancia de la gravedad de la falta cometida por el trabajador, aclaró (M.P. Camilo Tarquino Gallego).

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