Laboral
Juez no puede estudiar puntos en los que existe acuerdo entre las partes
30 de Septiembre de 2013
El juez tiene prohibido estudiar los puntos en los que existe acuerdo entre las partes o no son discutidos por ellas, a menos que haya fraude, advirtió la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
La corporación les llamó la atención a los juzgados y tribunales sobre su obligación de decidir congruentemente los temas realmente controvertidos en los procesos laborales.
Según la Corte, si el demandado no discute una afirmación del demandante o un hecho, el juzgador no puede desconocerlos y exigir una prueba para verificar su ocurrencia, pues violaría el debido proceso y la presunción de buena fe.
En ese sentido, indicó que el juez puede actuar oficiosamente, cuando exista alguna duda fundada, una situación dolosa o ilegal o sea necesaria la protección de derechos fundamentales.
Condición más beneficiosa
El fallo reitera que un afiliado al régimen del Instituto de Seguros Sociales (ISS) que haya el cumplido el número y la densidad de semanas exigidas por el Acuerdo 49 de 1990 puede acogerse al principio de la condición más beneficiosa, para que sus familiares reciban la pensión de sobrevivientes, aunque fallezca bajo la vigencia de la Ley 100 de 1993 y no acredite los requisitos previstos en ella.
Así las cosas, no es admisible negar la prestación ante la falta de cotizaciones en el año anterior a la fecha de fallecimiento del causante, si durante su vinculación al ISS, y antes de entrar en vigor la Ley 100, cumplió lo consagrado en dicho acuerdo, recordó.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia 44363, jul. 17/13, M. P. Carlos Ernesto Molina)
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