Incapacidad o enfermedad del trabajador no es por sí misma un fuero o estabilidad reforzada (12:04 p.m.)
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11 de Agosto de 2011
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La incapacidad o enfermedad del trabajador no es por sí misma un fuero o estabilidad reforzada, pues al ser el contrato de trabajo bilateral, consensual y de tracto sucesivo, las partes están facultadas para dar por finalizado el vínculo laboral en cualquier momento. Por lo tanto, cuando se trate de trabajadores en situación de discapacidad, limitados o con una incapacidad superior a 180 días, el empleador tiene el deber constitucional de reubicar al trabajador en un puesto de trabajo compatible con sus capacidades y, si ello no es posible, solicitar el correspondiente permiso al Ministerio de la Protección Social, de tal forma que se tenga certeza que el despido no obedece a la situación.
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