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Identifique si las funciones asignadas a su cargo son de dirección y confianza

28 de Octubre de 2015

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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que aunque el legislador estableció, como regla general, que quienes se desempeñan en empresas industriales y comerciales son trabajadores oficiales, aquellos que desarrollan actividades de dirección o confianza pueden ser, según sus estatutos, empleados públicos.

 

En ese contexto, el alto tribunal explicó que todos los trabajadores oficiales, claramente, tienen las funciones de dirección, conducción, orientación institucionales, cuyo ejercicio implica la adopción de políticas o directrices.

 

No obstante, en relación con la confianza como criterio que dichas entidades deben atender para establecer que un cargo deba ser desempeñado por un empleado público, aclaró que se trata de un concepto que por su falta de definición expresa en alguna norma para el sector público ha sido interpretado por la jurisprudencia. (Lea: Identifique los tipos de estabilidad laboral reforzada en materia de función pública)

 

Así, sostuvo que todo empleo de la administración pública exige para su ejercicio un grado de confianza, pues la gestión administrativa implica que quien la ejecuta tenga un cierto grado de credibilidad en su eficiencia y responsabilidad en su desempeño.

 

Sin embargo, para efectos de clasificar como servidor público de acuerdo con la confianza, razonó: “(…) se requiere en los servidores que actúan en función no simplemente ejecutiva, sino de conexión, coordinación de políticas empresariales, que ostentan facultades jerárquicas usualmente superiores a las del trabajador ordinario y que muchas veces los colocan en posibilidad de recibir delegación de quienes representan la dirección de las empresas”.

 

De acuerdo con el pronunciamiento, la Sección Primera del Consejo de Estado expuso en el 2005 que las actividades de confianza implican “depositar en quien desempeñe el cargo bienes de especial cuidado, como son los que conforman la hacienda pública, o el manejo de cosas o información sujetos a reserva”. (Lea: Coordinación de actividades que ejecuta un contratista no implica subordinación laboral)

 

En ese orden, son las funciones que impliquen un especial grado de confianza, las que permiten llegar a la determinación de clasificar a ciertos servidores como empleados públicos dentro de la planta de personal de una empresa industrial y comercial, los cuales pueden pertenecer a niveles jerárquicos diversos, incluso si sus labores son asistenciales o de apoyo, sentenció la corporación.

 

(Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 17001233100020100011001 (19432013), ago. 20/2015, C. P. Sandra Lisset Ibarra)

 

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