Gobierno precisa factores que integran la nómina para liquidar aportes parafiscales (5:00 p.m.)
20 de Abril de 2012
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Nota:
80564
Ante las diversas interpretaciones sobre los elementos que forman parte del ingreso base de liquidación (IBL) para realizar las contribuciones parafiscales con destino al Sena, el ICBF y las cajas de compensación familiar, el Ministerio del Trabajo expidió esta semana una circular, que precisa el tratamiento aplicable a las vacaciones compensadas, el salario integral, las bonificaciones, los pactos de “desalarización” y los viáticos. Según la directriz, por nómina mensual se entiende la totalidad de los pagos hechos por concepto de los diferentes hechos integrantes del salario, cualquiera que sea su denominación, y, además, los verificados por descansos remunerados de ley y los convencionales o contractuales. Con base en este último criterio y un concepto del Consejo de Estado, las vacaciones remuneradas forman parte de la base para liquidar tales aportes. Por su parte, los pagos que recibe el trabajador por concepto de pactos de “desalarización” acordados previa y expresamente no constituyen salario para liquidar los parafiscales, “siempre y cuando estos no desconozcan los elementos consagrados expresamente por el legislador como integrantes del salario, so pena de las sanciones y multas a que haya lugar”.
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