Laboral
Gobierno define política de igualdad salarial para la mujer
En un plazo máximo de seis meses, el Ministerio de Trabajo deberá elaborar un programa de equidad laboral con enfoque diferencial y de género para las mujeres.
30 de Noviembre de 2011
A través del Decreto 4463 del pasado 25 de noviembre, el Gobierno determinó las acciones para promover el reconocimiento social y económico del trabajo de las mujeres y definió los mecanismos para hacer efectivo el derecho a la igualdad salarial.
El decreto le ordena al Ministerio de Trabajo diseñar, en un plazo máximo de seis meses, un programa de equidad laboral con enfoque diferencial y de género para las mujeres.
En el marco de ese programa, se deben fijar lineamientos de sensibilización y pedagogía para prevenir y sancionar el acoso laboral. Además, se deberá garantizar la igualdad salarial entre mujeres y hombres, en aplicación del principio de salario igual por trabajo igual, y se establecerán las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.
De acuerdo con la norma, la participación de las mujeres trabajadoras, empleadoras y representantes del Gobierno en la conformación de los espacios tripartitos de deliberación y concertación de las políticas laborales deberá ser de, al menos, un 30 %.
Además, se consagra la posibilidad de deducirles un 200 % del impuesto sobre la renta a los empleadores que ocupen a trabajadoras víctimas de la violencia.
El decreto aplica para los empleadores de los sectores público y privado, las administradoras de riesgos profesionales y la totalidad de las trabajadoras, independientemente de la forma de vinculación laboral.
(Mintrabajo, D. 4463, nov. 25/11)
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