Laboral
Fuero de maternidad no depende del vínculo contractual que se tenga
23 de Febrero de 2012
La Corte Constitucional recordó que el fuero de maternidad no depende del vínculo contractual que se tenga. Por eso, la protección a las mujeres embarazadas opera cuando están vinculadas mediante contrato laboral, de prestación de servicios o de acuerdos cooperativos, tanto en entidades públicas como privadas.
Según la Corte, la estabilidad laboral reforzada es una garantía que evita la discriminación de las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia cuando existe una relación de trabajo, independientemente de su naturaleza.
El alto tribunal recordó que la acción de tutela procede en estos casos, sin necesidad de que el empleador conozca o deba conocer el estado de embarazo de la trabajadora. De acuerdo con su jurisprudencia, la protección de la estabilidad laboral reforzada surte efectos, cuando el embarazo se produce durante el término del contrato.
Con estos argumentos, la corporación ordenó el reintegro de seis mujeres embarazadas que habían sido despedidas por diferentes empleadores, entre ellos la Contraloría General de la República.
(Corte Constitucional, Sentencia T-571/11, Jul. 21/11, M. P. Jorge Iván Palacio)
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