15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Forma de retribución salarial se puede modificar de común acuerdo entre las partes (3:34 p.m.)

15 de Junio de 2011

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Nota:
74224
Las partes dentro de un contrato laboral pueden, de común acuerdo, modificar las condiciones inicialmente pactadas, entre ellas, la forma de retribución salarial ordinaria por un salario integral o viceversa, siempre y cuando sea concertado y no se trate de una decisión unilateral, pues de lo contrario, el trabajador no estaría obligado a aceptarla y podría hacérselo saber por escrito a su empleador. Así lo indicó el Ministerio de la Protección Social, en oficio del 1 de abril.

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