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Fallo que extendió pensión de sobrevivientes a homosexuales tiene efectos retrospectivos

29 de Marzo de 2012

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Nota:
27089

La Corte Constitucional, en fallo del pasado 15 de noviembre, aclaró que la Sentencia C-336 del 2008, que extendió a las parejas homosexuales el derecho a la pensión de sobrevivientes, tiene efectos retrospectivos.

 

Como la decisión se aplica a situaciones en curso originadas en el pasado, el compañero supérstite tiene derecho a solicitar ese beneficio, aunque la muerte de su pareja haya ocurrido antes de la notificación de la sentencia.

 

En ese caso, no existe una situación jurídica consolidada, por tanto, no hay una razón admisible para negar la pensión, añadió la Corte.

 

Por otra parte, la corporación reiteró que, según las sentencias  T-051 y T-592 del 2010, el compañero supérstite puede usar todos los medios probatorios admitidos para las uniones heterosexuales, con el fin de demostrar la existencia de una relación de pareja permanente.

 

A su juicio, una interpretación contraria violaría el derecho a la igualdad entre las uniones homosexuales y las heterosexuales, pues los miembros de estas tienen libertad probatoria para acreditar jurídicamente su condición de compañeros permanentes.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-860, M. P. Humberto Sierra Porto, nov. 15/11)

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