Explican cómo debe cotizar trabajadora que venía de aportar como independiente para acceder a licencia de maternidad (3:54 p.m.)
15 de Septiembre de 2015
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Nota:
103074
Al resolver una acción de tutela, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el Decreto 047 del 2000 indica que para acceder a las prestaciones económicas derivadas de la licencia de maternidad la trabajadora deberá, en calidad de afiliada cotizante, haber cotizado ininterrumpidamente al sistema durante todo su periodo de gestación en curso, sin perjuicio de los demás requisitos previstos para el reconocimiento de prestaciones económicas, conforme con las reglas de control a la evasión. Igualmente, indicó que el pago de aportes a seguridad social en salud de los trabajadores dependientes se efectúa mes anticipado, conforme lo establece el artículo 9° del Decreto 1406 de 1999. Por tanto, para evitar la interrupción de los días de cotización de las trabajadoras vinculadas durante el transcurso de un mes, debe tenerse en cuenta que el aporte de seguridad social debe también realizarse como cotizante independiente para el periodo en la que fue contratada (M.P. Eugenio Fernández)
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