Expiden instrucciones sobre manejo financiero de los recursos de saneamiento de las EPS (12:20 p.m.)
14 de Agosto de 2015
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Nota:
103643
La Superintendencia de Salud entregó las instrucciones sobre el procedimiento para el manejo financiero de los recursos utilizados en los fines previstos en el artículo 97 de la Ley 1753 del 2015 (Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018). Las cajas de compensación familiar que administren o hayan operado programas de salud, y manejado los recursos señalados en los numerales 3.1 y 3.3 del artículo 3º de la Resolución 2233 del 2015, llevarán a cabo las siguientes operaciones financieras: transferencia bancaria o del respectivo instrumento donde posea los recursos a la cuenta bancaria específica del programa y la reclasificación contable dentro del patrimonio de la caja trasladando el valor correspondiente de la destinación de remanentes al programa de salud. La destinación de dichos recursos deberá ser aprobada por el consejo directivo u órgano equivalente e informados a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al Ministerio de Salud – Dirección de Financiamiento Sectorial, en cumplimiento de lo establecido en el inciso segundo del artículo 3º de la Resolución 2233, con copia a la Superintendencia de Salud.
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