Exigencia de reserva especial de garantía no coarta el derecho de afiliación colectiva al sistema de seguridad social (11:53 a.m.)
08 de Mayo de 2012
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Nota:
81026
La reserva especial de garantía mínima exigida para que las agremiaciones de trabajadores independientes puedan afiliar colectivamente a sus miembros al sistema de seguridad social integral no coarta los derechos de asociación ni de afiliación, reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado. Para la corporación, esas agremiaciones deben contar con un grado de solvencia y solidez suficiente que no solo permita su vinculación, permanencia y continuidad en el sistema, sino también cubra la garantía de los posibles riesgos. Además, la reserva promueve la realización efectiva del derecho a la seguridad social, concluyó (C.P. Bertha Lucía Ramírez).
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