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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Esta es la estructura de la red nacional de formalización laboral

20 de Marzo de 2014

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Para garantizar la cobertura en seguridad social y el desarrollo de políticas activas de empleo, mediante la aplicación de las herramientas del Servicio Público de Empleo, el Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) acaba de estructurar la red nacional de formalización laboral.

 

Según el Decreto 567, esta red estará integrada por los operadores de este servicio público, las confederaciones sindicales, los gremios y las entidades públicas y privadas que voluntariamente se vinculen a ella.

 

La dirección de la misma, así como la forma de operar y la articulación de las instituciones que la conforman estarán a cargo de Mintrabajo, para lo cual contará con el apoyo de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. 

 

Funciones

 

Esta instancia se encargará de coordinar sus acciones con las autoridades nacionales, en especial con aquellas que tienen a su cargo el desarrollo de las políticas de formalización empresarial y de prosperidad social. Para ello, las entidades correspondientes suscribirán acuerdos de gestión con la cartera laboral.

 

En cuanto a las entidades territoriales, teniendo en cuenta que prestarán apoyo y participarán en la ejecución de los planes y programas, podrán suscribir los convenios que estimen necesarios y dispondrán de los recursos que se requieran para articular estrategias que contribuyan a la ampliación de la cobertura en protección social de los trabajadores y a la superación de la condición de informalidad.

 

Propósitos principales de la red:

 

  • Orientar a la ciudadanía, empleadores y trabajadores, sobre las buenas prácticas en materia de trabajo decente y acceso a la seguridad social de los trabajadores.
  • Acompañar los programas y proyectos de formalización que promueva el Ministerio del Trabajo.
  • Realizar campañas, brigadas, acciones de difusión y capacitación y demás actividades relacionadas para promover la formalidad laboral.
  • Ejecutar acciones de acompañamiento e intervención directa para la afiliación y cotización a la seguridad social de los trabajadores que ingresen al Sistema de Protección Social.
  • Acompañar los programas que defina el Ministerio del Trabajo para asegurar la efectividad de las políticas y normas en materia de formalización laboral, especialmente aquellas determinadas en las leyes 1429 del 2010, 1607 del 2012 y en los decretos 721 y 2616 del 2013.
  • Propender por la ampliación de la cobertura del Sistema de Protección Social.
  • Suministrar la información que se requiera para el diseño y actualización de las políticas públicas en materia de empleo, protección al cesante y formalización laboral.

 

Promoción de las actividades

 

A través de la red propia o contratada de formalización laboral, el ministerio deberá promover la atención especializada a través de gestores de formalización que se ocupen de orientar, acompañar e intervenir en los procesos de afiliación a la seguridad social.

 

Por su parte, las entidades que administran los subsistemas de seguridad social realizarán las acciones pertinentes para estimular la afiliación de trabajadores en tránsito hacia la formalidad laboral.

 

En desarrollo de lo dispuesto por la Ley 1502 del 2011, dichas administradoras dispondrán la realización de campañas y la aplicación de estrategias para promover el  acceso de trabajadores que provengan del sector informal y cumplan las condiciones exigidas por el ordenamiento jurídico, promoviendo la simplicidad de trámites.

 

Así mismo, las cajas de compensación familiar podrán realizar campañas de afiliación promoviendo la formalización laboral, sin perjuicio de que el Ministerio del Trabajo, en desarrollo de la competencia atribuida por el parágrafo 1º  del artículo 21 de la Ley 789 del 2002, implemente esquemas de afiliación a prevención para trabajadores que se formalicen laboralmente.

 

Mintrabajo, Decreto 567, marzo/19/2014

 

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