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Es viable que una convención colectiva disponga la aplicación de un mandato legal que ha perdido vigencia (4:45 p.m.)

80046

29 de Marzo de 2012

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La Corte Suprema de Justicia aclaró que es viable que una convención colectiva de trabajo disponga la aplicación de un mandato legal, así este haya perdido vigencia. La posibilidad se ajusta a la naturaleza de estos instrumentos, esto es, al mejoramiento de las condiciones de trabajo de los asalariados, a través de logro de beneficios que superan los previstos en los textos legales. Por esta razón, estuvo de acuerdo con una disposición de una convención que estableció que a todos los trabajadores que se encontraran pensionados o que se pensionaran en el futuro se les debían continuar reconociendo los derechos contemplados en la Ley 4ª de 1976, sin consideración a su vigencia. A su juicio, las partes de la relación laboral pueden libremente estipular que los pensionados sean acreedores de algunos beneficios consagrados en la convención, como el reajuste pensional (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).

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