Es viable que una convención colectiva disponga la aplicación de un mandato legal que ha perdido vigencia (4:45 p.m.)
29 de Marzo de 2012
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Nota:
80046
La Corte Suprema de Justicia aclaró que es viable que una convención colectiva de trabajo disponga la aplicación de un mandato legal, así este haya perdido vigencia. La posibilidad se ajusta a la naturaleza de estos instrumentos, esto es, al mejoramiento de las condiciones de trabajo de los asalariados, a través de logro de beneficios que superan los previstos en los textos legales. Por esta razón, estuvo de acuerdo con una disposición de una convención que estableció que a todos los trabajadores que se encontraran pensionados o que se pensionaran en el futuro se les debían continuar reconociendo los derechos contemplados en la Ley 4ª de 1976, sin consideración a su vigencia. A su juicio, las partes de la relación laboral pueden libremente estipular que los pensionados sean acreedores de algunos beneficios consagrados en la convención, como el reajuste pensional (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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