Entidades públicas no pueden suscribir reiteradamente contratos de prestación de servicios (5:17 p.m.)
01 de Septiembre de 2011
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Nota:
75445
Ante la existencia reiterada de contratos de prestación de servicios para cumplir funciones permanentes en las entidades públicas, que podrían constituir nóminas paralelas, la Auditoría General de la República (AGR) y la Contraloría General de la República (CGR) acaban de advertirles a las entidades del orden nacional y territorial su obligación de acatar la normativa vigente y el desarrollo jurisprudencial sobre el tema, como la Sentencia C-614 del 2009, que prohíbe dicha contratación. En reciente circular conjunta, los organismos recordaron que las entidades no pueden celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales con la finalidad de remplazar cargos que se suprimen en la administración. La AGR les pidió a las contralorías verificar la existencia de nóminas paralelas y anunció la creación de un observatorio para hacer seguimiento a las entidades públicas y a las contralorías sobre tales contrataciones
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