Empresas de servicios temporales deben solicitar autorización para despedir a la trabajadora en misión embarazada (2:50 p.m.)
29 de Julio de 2011
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Nota:
75801
Teniendo en cuenta que las empresas de servicios temporales son consideradas empleadoras de los trabajadores en misión y, por lo tanto, están obligadas a cumplir las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo, para dar por terminado el vínculo laboral con la trabajadora que tiene fuero de maternidad es necesaria la autorización del Ministerio de la Protección Social, alegando alguna de las justas causas previstas en la normativa laboral. De lo contario, recordó la entidad, el despido no produce ninguna consecuencia jurídica y la relación laboral se mantiene, es decir, el derecho a percibir salarios y prestaciones, aun cuando el empleador no utilice los servicios.
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