Empleador no puede suprimir arbitrariamente derechos convencionales de los trabajadores (11:28 a.m.)
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01 de Noviembre de 2012
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Si el empleador modifica o elimina arbitrariamente los derechos de rango convencional, desconoce que estos provienen de la concertación que se realizó para equilibrar las relaciones entre los obreros y los patrones y contraría el fin de obtener justicia laboral. Así lo advirtió la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia al recordar que únicamente se pueden suprimir los beneficios consagrados en la convención colectiva cuando se efectúa la denuncia o revisión de esta, pues los derechos materializados en ese documento son normas obligatorias para las partes (M.P. Elsy del Pilar Cuello).
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