Empleador debe pagar pensión, si no afilia al trabajador al Sistema de Seguridad Social (11:35 a.m.)
12 de Julio de 2013
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Nota:
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La omisión en el deber de afiliar al trabajador dependiente al Sistema de Seguridad Social implica que el empleador está obligado a reconocer y pagar las prestaciones respectivas, como la pensión de jubilación, reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. En ese caso, la subrogación de la cobertura del riesgo de vejez no puede operar, indicó. Por otro lado, señaló que quien goza de ese beneficio pensional otorgado por un empleador oficial también puede recibir otro por los servicios prestados a uno privado, siempre que las labores no sean concurrentes y no exista incompatibilidad (M. P. Carlos Ernesto Molina).
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