Empleador debe justificar la negación de permisos sindicales (2:38 p.m.)
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19 de Diciembre de 2012
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Si bien los permisos sindicales son una facultad constitucional que ostentan estas organizaciones, dichas garantías no son absolutas o ilimitadas, pues el empleador puede no concederlos, siempre que la negativa esté justificada o sea motivada por criterios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad. Así lo recordó el Ministerio del Trabajo, teniendo en cuenta la Sentencia T-464 del 2010 de la Corte Constitucional. Adicionalmente, indicó la entidad que el empleador no está obligado al otorgamiento de dotación de vestido y calzado de labor a los trabajadores que no desarrollen actividades laborales
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