14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral

Laboral


Empleador debe atender recomendaciones médicas dadas a trabajadores

21 de Septiembre de 2012

Reproducir
Nota:
25935

Cuando el trabajador se reintegra a sus labores después de una incapacidad o cuando existe una valoración médica con recomendaciones respecto a su trabajo, el empleador está obligado a reubicarlo en un cargo compatible con sus capacidades y aptitudes, si su estado físico lo amerita, precisó el Ministerio del Trabajo.

 

En estos casos, el empleador debe desplegar todas las acciones necesarias y efectuar los movimientos de personal que se requieran, precisó la entidad.

 

Además, de acuerdo con el artículo 16 del Decreto 2351 de 1965, los empleadores deben reinstalar a los trabajadores en los cargos que desempeñaban, si recuperan su capacidad de trabajo.

 

Si los trabajadores se encuentran en estado de invalidez física, sensorial o mental para desempeñar las funciones propias del empleo y la incapacidad no origina el reconocimiento de pensión de invalidez, se les deberán asignar funciones acordes con el tipo de limitación o  trasladarlos a cargos que tengan la misma remuneración, siempre y cuando la incapacidad no impida el cumplimiento de las nuevas funciones y estas no impliquen riesgo para su integridad, concluyó el Ministerio.

 

(Ministerio del Trabajo, Concepto 371176, ene. 5/12)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)