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Laboral


El 31 de diciembre, a más tardar, Colpensiones debe responder solicitudes del ISS

La Corte Constitucional confirió ese plazo, frente a la infracción masiva a los derechos de petición, seguridad social y acceso a la administración de justicia.

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12 de Julio de 2013

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La Corte Constitucional estableció que Colpensiones no tiene la posibilidad real de respetar los plazos fijados para resolver las solicitudes pensionales y obedecer los fallos proferidos contra el ISS, lo que genera una infracción masiva a los derechos de petición, seguridad social y acceso a la administración de justicia de los usuarios.

 

Por eso, a través del Auto 110 del pasado 5 de junio, le ordenó a la entidad responder tales peticiones y cumplir esos fallos a más tardar el próximo 31 de diciembre.

 

A juicio del alto tribunal, “el bloqueo institucional que padece Colpensiones impide la respuesta equitativa de las solicitudes y la atención urgente de las personas en estado de profunda vulnerabilidad”.

 

Sin embargo, aclaró que la decisión adoptada, cuyos efectos son inter comunis, se refiere a las acciones y omisiones que fueron responsabilidad del ISS y no a las peticiones radicadas directamente ante Colpensiones, pues esta sí está acatando los términos correspondientes.

 

Adicionalmente, la corporación determinó la conformación de tres grupos prioritarios de personas perjudicadas, según criterios de edad, estado de salud, condición económica y la base de cotización, entre otros.

 

Cabe recordar que la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación advirtieron meses atrás de la problemática de la entidad desde su entrada en funcionamiento.

 

(C. Const., Auto 110, jun. 5/13, M. P. Luis Ernesto Vargas)

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