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Docentes que dejen de laborar por invalidez pueden acceder a la pensión gracia con dos terceras partes del tiempo de servicio (3:46 p.m.)

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25 de Enero de 2018

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Un fallo del Consejo de Estado aborda, principalmente, el reconocimiento de la pensión gracia cuando no se cumple con el requisito de los 20 años al servicio docente territorial o nacionalizado. Al respecto, la Sección Segunda precisó que tratándose de un docente que en razón de su estado de invalidez dejó de laborar se requerirá el cumplimiento de las dos terceras partes de los 20 años previstos para acceder a la pensión gracia. Ello, finaliza el pronunciamiento, en aras de garantizar el derecho a la seguridad social y el principio de proporcionalidad constitucional (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).

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