Laboral
Devolución de aportes parafiscales y a la seguridad social no requiere autorización del Minprotección
11 de Mayo de 2011
Las solicitudes de devolución o reintegro de aportes parafiscales y a la seguridad social deben ser atendidas directamente por las entidades encargadas de administrarlos, sin autorización previa del Ministerio de la Protección Social (Minprotección).
Si bien efectuar devoluciones sin el concepto previó del ministerio estaba prohibido, con el fin de evitar la evasión y la elusión en dichos pagos, ahora las administradoras del sistema de seguridad social integral, las cajas de compensación familiar, el ICBF, el Sena y el Fosyga son autónomos para verificar los requisitos.
En todo caso, dichas entidades deben informar a las autoridades competentes sobre las conductas de evasión o elusión de aportes de las que tengan conocimiento, advirtió el Minprotección.
(Minprotección, Cpto. 72409, mar. 16/11)
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