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CTA pueden solicitar exoneración de contribuciones especiales, hasta el 16 de enero

05 de Enero de 2015

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El Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) informó que los representantes legales y revisores fiscales de las cooperativas y precooperativas de Trabajo Asociado (CTA) deben presentar, a más tardar el 16 de enero, la solicitud para acceder a la exclusión de contribuciones especiales al Sena, el ICBF y las cajas de compensación familiar.

 

Las solicitudes que sean radicadas o enviadas al Mintrabajo después de esa fecha serán rechazadas. Además, para que proceda la exoneración, las CTA deberán cumplir los requisitos previstos en la Ley 1233 del 2008, artículo 10, y el Decreto 3553 del mismo año, artículo 3º.

 

Así, se deberá anexar copia del certificado de existencia y representación legal, con una vigencia no mayor a tres meses; duplicado de la resolución de autorización de regímenes expedida por el Mintrabajo (o el Ministerio de la Protección Social), y el nombre del revisor fiscal y el número de la tarjeta profesional, si la cooperativa tiene esta obligación, la cual debe estar certificada por la Superintendencia de Economía Solidaria.

 

Los interesados también deben allegar certificación sobre el valor total de la facturación causada del 1º de enero al 31 de diciembre del 2014 y certificación del número total de asociados por mes, desde enero del 2014 o el inicio de las actividades, hasta diciembre de ese mismo año.

 

El ministerio solicitará la documentación necesaria para cualquiera de los requisitos faltantes, caso en el cual las precooperativas y cooperativas deberán allegar los documentos en un término de hasta 20 días hábiles. En caso de no responder los requerimientos en el plazo estipulado, las solicitudes se excluirán del listado de estudio para exoneración.

 

La solicitud y los anexos se enviarán a través de documento físico dirigido a la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Carrera 14 N° 99-33, piso 6, en Bogotá, o a las sedes de las direcciones territoriales del Mintrabajo. La información de las direcciones territoriales se encuentra en el link:http://www.mintrabajo.gov.co/ministerio-en-las-regiones.html. El correo certificado debe evidenciar que se entregó antes de la fecha límite.

 

También es posible hacer el envío a los correos electrónicos dbacci@mintrabajo.gov.co o apena@mintrabajo.gov.co, indicando en el asunto: Exoneración contribuciones especiales, y adjuntando la solicitud y los anexos requeridos en formato PDF.

 

Cabe recordar que desde el 2008, las CTA cuya facturación en el año inmediatamente anterior sea igual o menor a 435 salarios mínimos legales mensuales vigentes están exentas del pago de las contribuciones especiales.

 

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