Laboral
Crean programa de transporte para beneficiar a desempleados de estratos bajos
15 de Octubre de 2014
El Gobierno adoptó el programa de transporte para el empleo, el cual consiste en un apoyo dirigido a personas que por estar desempleadas se encuentran en condición de vulnerabilidad, con el propósito de permitirles acceder a un medio de transporte para facilitar su participación en la ruta de empleabilidad y en procesos de selección laboral.
Según la Resolución 0722 de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, el apoyo corresponde a tarjetas para acceder al servicio público de transporte masivo de pasajeros, que tendrán la carga de unidades que establezca la entidad.
Además, aclara que este programa hará parte de la estrategia ventanilla de soluciones para el trabajo y será manejado a través de los prestadores públicos y cajas de compensación familiar que tengan centros de empleo en los principales puntos poblacionales del país y que utilicen la plataforma red empleo u otra que garantice la operación de la iniciativa.
La Unidad, de oficio o a solicitud de los operadores, cuando las condiciones del programa lo requieran, podrá modificar la guía de operación del programa de transporte para el empleo. Igualmente, mediante resolución, podrá adoptar un nuevo anexo técnico cuando se destinen nuevos recursos para continuar con la ejecución del mismo.
En cuanto a los beneficiarios, la norma señala que está dirigido a personas afiliadas al Sisbén con un puntaje máximo de 60, o pertenecientes a los estratos 1 y 2, siempre y cuando se encuentren en alguno de los siguientes grupos poblacionales:
• Desempleados que tengan acceso a los servicios de salud a través del régimen subsidiado.
• Desempleados que se encuentren en el rango de edad de 18 a 28 años y que esperan acceder a su primer empleo.
Los operadores otorgarán las tarjetas de transporte previa verificación de los requisitos de validación fijados, atendiendo las condiciones y procedimientos establecidos por el Gobierno.
Los gastos generados por la adquisición y entrega de las mencionadas tarjetas en los centros de empleo de los operadores estarán a cargo de los recursos de inversión de la Unidad. Cuando el operador corresponda a una caja de compensación, los gastos de operación y administración generados serán cubiertos con cargo a la subcuenta de gastos de administración del Fosfec y cuando el operador del programa sea un prestador público, los gastos serán cubiertos con recursos propios del ente territorial.
La unidad de servicio público de empleo determinará las ciudades y los prestadores a través de los cuales se iniciará la implementación del Programa.
(Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, Res. 0722, oct. 06/14)
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