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Corte se inhibe en demanda contra norma que reguló régimen pensional de congresistas

28 de Mayo de 2012

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Foto: EFE

 

La Corte Constitucional se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda contra el artículo 17 de la Ley 4ª de 1992, que estableció el régimen pensional para los congresistas, por estimar que la argumentación fue insuficiente.

 

Según el alto tribunal, el demandante no explicó por qué el régimen especial de pensiones de los parlamentarios infringe la regla de sostenibilidad financiera que introdujo el Acto Legislativo 01 del 2005 ni por qué desconoce el principio de igualdad por poseer características diferentes a los regímenes generales.

 

De otro lado, la Corte señaló que la distinción que realiza en demandante basado en que el Estado aporta para contribuir a la pensión de los Congresistas no es clara ni pertinente. “El Estado aporta para todas las pensiones. De manera que la desigualdad aducida debe sustentarse con mayor suficiencia para que, desde el punto de vista jurídico, y no meramente factual, se abra paso a la posibilidad de evaluarla y declararlo si es el caso”, sostuvo la entidad.    

 

La Sala reiteró que los fundamentos del concepto de la violación de la Constitución son indispensables para que la Corte pueda realizar un examen de fondo sobre los cargos contra una norma específica, pues la ausencia de certeza o pertinencia conduce a un fallo inhibitorio.

 

La demanda

El abogado Dionisio Araújo Angulo, exdirector de Defensa Judicial de la Nación, demandó el  artículo 17 de la Ley 4ª de 1992, que fija el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso Nacional y de la Fuerza Pública.

 

Según la demanda, el Acto Legislativo 01 del 2005 prohibió los regímenes especiales. Por lo tanto, la norma viola el derecho a la igualdad de la mayoría de los jubilados en Colombia.

 

El demandante también aseguró que la ley desconoce la sostenibilidad del sistema de pensiones.

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