Corte recuerda que el tope máximo del monto de la mesada pensional es de 25 salarios mínimos (3:43 p.m.)
20 de Abril de 2012
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Nota:
80570
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que aunque la cotización obligatoria para tener derecho a las pensiones es directamente proporcional al salario, esto solo opera hasta el tope máximo de 25 salarios mínimos. En consecuencia, los trabajadores con salarios superiores al límite legal no cotizan de acuerdo con lo realmente devengado, sino como si únicamente obtuvieran ese tope (M.P. Jorge Mauricio Burgos).
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