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Laboral


Corte exhorta al Congreso para que regule pensión de invalidez de población joven

El Ministerio de Salud deberá promover la creación de una subcuenta, con el fin de destinar fondos para proveerle dicha prestación a los jóvenes víctimas de accidentes de tránsito o catastróficos.
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31 de Enero de 2013

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En una sentencia de tutela publicada recientemente, la Corte Constitucional exhortó a las comisiones séptimas del Senado y la Cámara, para que presenten iniciativas destinadas a lograr una protección integral del derecho a la pensión de invalidez para la población joven.

 

Además, solicitó que el Ministerio de Salud promueva la creación de una subcuenta, con el fin de destinar fondos para proveerle dicha prestación a los jóvenes víctimas de accidentes de tránsito o catastróficos, en caso de que sus aportes sean insuficientes.

 

Según el fallo, en este contexto, se pueden tener en cuenta las semanas cotizadas antes del hecho causante de la invalidez y las efectuadas con antelación a su declaratoria, pues dichas fechas no coinciden y el lapso entre ellas suele ser mayor a seis meses.

 

Además, recordó que a los jóvenes menores de 26 años que tienen menos del 50 % de su capacidad laboral solo se les deben exigir 26 semanas cotizadas durante el año anterior al momento de estructuración o declaratoria de la invalidez, como lo dispuso la Sentencia T-777 del 2009.

 

En el caso analizado, la corporación tuteló los derechos a la seguridad social, la igualdad y el mínimo vital de una persona de 24 años de edad que se encuentra en estado de invalidez por causa de un accidente de tránsito, y a quien se le negó la pensión porque solo tenía 33.48 semanas de cotización.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-506, jul. 5/12, M. P. Jorge Iván Palacio)

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