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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Corte da segundo aire a iniciativa que reduciría semanas de cotización a mujeres para pensionarse

12 de Octubre de 2018

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El proyecto de ley que modificaba el número de semanas por cotizar para acceder a la pensión por parte de las mujeres se había objetado, en julio del año pasado, argumentando que adolecía de vicios insubsanables de constitucionalidad, toda vez que violaba los artículos 48 y 154 de la Constitución.

 

El Gobierno había presentado objeciones por tres motivos:

 

        I.            La propuesta vulneraba el artículo 154 de la Constitución Política, porque establecía una exención tributaria sin el aval gubernamental.

 

      II.            También trasgredía el artículo 48 de la Carta Política, toda vez que el legislador omitió cumplir su deber de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema pensional al no prever una fuente o mecanismo de financiación en una reforma que disminuye el recaudo y aumenta el pasivo pensional.

 

    III.            La reforma desconoce la solidaridad, la eficiencia y la equidad en el diseño del sistema pensional, porque rompe el diseño de reparto de las cargas públicas imponiendo obligaciones excesivas a los demás afiliados sin prever medidas que moderen el impacto financiero. 

 

La Procuraduría General, a través de un concepto, expresó en su momento que eran infundados los reparos planteados, por eso recomendó devolver el proyecto al Legislativo para que incluyera las medidas necesarias tendientes a asegurar la sostenibilidad financiera de lo establecido. (Lea: Aprobada en último debate iniciativa que reduciría semanas de cotización pensional a las mujeres)

 

Respecto a este panorama, y por unanimidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional devolvió esta iniciativa, pero por un vicio de trámite. La ponencia de esta decisión estuvo a cargo del magistrado Luis Guillermo Guerrero.

 

Lo anterior, y de acuerdo con lo que ha trascendido de esta corporación judicial, porque el Congreso no realizó la votación nominal y pública de dichas objeciones. Al ser corregido este trámite, el proyecto será devuelto, nuevamente, a la Corte, para fallo definitivo.

 

Cotización a salud de pensionados

 

Vale la pena recordar que, a mitad de año, este alto tribunal aceptó las objeciones presentadas al proyecto de ley 062/15C-170/16S, que pretendía disminuir la cotización de los pensionados al régimen contributivo de salud del 12 % al 4 %, por la carencia de aval del Ejecutivo, exigido por el artículo 154 constitucional.

 

En efecto, advirtió que el ordenamiento exige que las leyes que decretan exenciones de impuestos, contribuciones o tasas nacionales solo podrán ser dictadas o reformadas por iniciativa del Gobierno. (Lea: ¿Compensación de vacaciones en dinero se puede computar para fines pensionales?)

 

Finalmente, enfatizó que este tipo de decisiones deben ser tomadas con la intervención de las dos ramas, tanto por la experticia económica del Ejecutivo como por su función de dirección del tesoro y del presupuesto.

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