Laboral
Corte aclara cómo actualizar IBL cuando afiliado sigue cotizando luego de que se estructura la pensión
En este caso, se toma el salario mensual base de cotización de toda la vida laboral y se actualiza año por año con el IPC anual certificado por el DANE.
16 de Junio de 2014
Cuando con posterioridad a la estructuración de la pensión de vejez, los afiliados deciden seguir cotizando, la actualización del ingreso base de liquidación (IBL) debe hacerse hasta la fecha de causación del derecho o del último aporte, para obtener reliquidación, señaló la Corte Suprema de Justicia.
En este caso, se toma el salario mensual base de cotización de toda la vida laboral y se actualiza año por año con el IPC anual certificado por el DANE, desde la fecha en que se devengó, hasta cuando se consolidó el derecho o hasta que se efectuó la última cotización, si se sufragan aportes adicionales luego de la fecha de causación, explicó la Corte.
En el asunto analizado, el alto tribunal concluyó que el perito se equivocó al actualizar el ingreso base de cotización hasta el año 2007, cuando lo correcto era hacerlo hasta la fecha de causación del derecho o del último aporte.
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