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Actualizado hace 14 minutes | ISSN: 2805-6396

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Laboral


Contrato laboral de trabajador incapacitado sigue vigente, si fue despedido sin autorización

07 de Abril de 2011

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Nota:
28860

Aunque las entidades promotoras de salud y el empleador no están obligados a pagar las incapacidades que excedan de 180 días, si el trabajador no ha sido pensionado por invalidez o no existe autorización del inspector de trabajo para despedirlo, el contrato de trabajo continúa vigente.

 

Por lo tanto, subsisten todas las obligaciones derivadas del vínculo laboral, como el pago de salarios, prestaciones sociales, vacaciones y aportes al sistema de seguridad social, precisó el Ministerio de la Protección Social (Minprotección).

 

Según la entidad, al no suspenderse la relación laboral, el término de las incapacidades no es descontable para el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, que deben liquidarse sobre el último salario percibido por el trabajador, antes de iniciar la incapacidad.

 

Además de las obligaciones señaladas, el empleador deberá cancelarle al trabajador la indemnización sancionatoria por despido ineficaz, equivalente a 180 días de salario, prevista en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, agregó el Minprotección.

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