15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral

Laboral


Contratista puede afiliarse a riesgos profesionales, sin que implique relación laboral con el contratante

14 de Abril de 2011

Reproducir
Nota:
28806

Los trabajadores independientes que realicen contratos de prestación de servicios de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas pueden afiliarse voluntariamente al Sistema General de Riesgos Profesionales, sin que esto constituya relación o vínculo laboral con el contratante o empresa.

 

Así lo consideró recientemente el Ministerio de la Protección Social (Minprotección), al explicar que la afiliación se realiza a través del contratante, en las mismas condiciones y términos establecidos en el Decreto-Ley 1295 de 1994, mediante el diligenciamiento del formulario autorizado por la Superintendencia Financiera.

 

El formato debe precisar las actividades que realizará el contratista, el sitio y el horario donde se desarrollarán y las clases de riesgo correspondientes al tipo de labores y la empresa o centro de trabajo donde se ejecutarán. El independiente debe manifestar por escrito, en el contrato y en sus prórrogas, la intención de afiliarse o no a riesgos profesionales, agrega el pronunciamiento oficial.

 

Si elige afiliarse, el contratante realizará el trámite ante su administradora de riesgos profesionales (ARP), dentro de los dos días siguientes a la celebración del respectivo contrato. La cobertura del sistema comenzará a partir del día calendario siguiente a la afiliación.

 

El Minprotección recordó que, según el Decreto 2800 del 2003, las personas naturales o jurídicas contratantes deben incluir a los trabajadores independientes en los programas de salud ocupacional y permitir su participación en las actividades del comité paritario de salud ocupacional (Copaso).

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)