Conductores de transporte público no pueden asumir directamente los aportes al sistema general de seguridad social (9:46 a.m.)
21 de Abril de 2010
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Nota:
65659
Los conductores de transporte público deben estar afiliados al sistema general de seguridad social como trabajadores cotizantes dependientes, aunque sean propietarios del vehículo, por lo que no es viable aceptar que el conductor asuma directa y totalmente el pago de los aportes correspondientes como independiente, pues existe la obligación de establecer una relación de carácter laboral con la empresa operadora de transporte, precisó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de marzo. De otra parte, la entidad recordó que no existe la posibilidad legal de contratar conductores por cooperativas o empresas de servicios temporales, contrato de prestación de servicios, arrendamiento o cualquier otra modalidad diferente de la laboral.
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