Laboral
Condición más beneficiosa no se aplica a pensión de sobrevivientes, si el afiliado murió en vigencia de la Ley 797
26 de Septiembre de 2011
En el 2007, la Corte Suprema de Justicia decidió que el principio de la condición más beneficiosa no se les puede aplicar a las pensiones de sobrevivientes, si el afiliado murió en vigencia de la Ley 797 del 2003.
Según la Corte, en esos casos, se debe verificar que el afiliado haya cotizado al menos 50 semanas durante los tres años anteriores a la fecha de su muerte, como lo exige el artículo 12 de la Ley 797. Por lo tanto, no es viable aplicar el Acuerdo 049 de 1990, que exigía cotizar 300 semanas antes de la entrada en vigencia la Ley 100 de 1993.
En agosto pasado, el alto tribunal reiteró ese criterio, al casar un fallo que le reconoció la pensión a una mujer con fundamento en las más de 800 semanas que su hijo le cotizó al sistema antes del 1º de abril de 1994.
Como el causante no había cotizado ninguna semana dentro de los tres años anteriores a su fallecimiento, la Corte decidió que la pensión no podía reconocerse, y ordenó devolverle a la demandante el saldo abonado en la cuenta de su hijo.
(CSJ, S. Laboral, Sent. 35438, sep. 14/11, M. P. Carlos Ernesto Molina)
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